PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, dos de diciembre de dos mil once.
201º y 151º


ASUNTO: PP01-L-2010-000206


IDENTIFICACION DE LAS PARTES.

PARTE ACTORA: Ramón Julián Herrera. Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 9.255.290.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ana Jimenez de Nuñez , inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 8878

PARTE DEMANDADA: Abraham Jose Percy Chadid,Cedula de Identidad N° 25.798.073

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.


En el día hábil de hoy, comparecen voluntariamente por ante este Juzgado los abogados Lisandro José Godoy Bastidas, Titular de la cedula de Identidad N° 11.404.501, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 149.868. y Ana Jiménez de Núñez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 8878, con el fin de celebrar un acuerdo de auto composición procesal en fase de ejecución a los fines de dar cumplimiento con la sentencia proferida en la presente causa, así la parte demandada a través de su apoderado judicial manifiesta que a los fines de poner fin al presente procedimiento ofrece la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES, (Bs. 18.000) con lo que quedaría cubierto la cantidad condenada, los intereses de mora e indexación y las costas procesales, incluyendo los honorarios profesionales, así entrega en este acto la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000), en dinero en efectivo, recibidos conforme por la apoderada judicial del actor, quien tiene plenas facultades para recibir cantidades de dinero en su nombre y la otra cantidad, vale decir, la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (Bs.8.000) de la siguiente manera: La cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000) el día martes 06 de diciembre de 2011, en sede del despacho de la apoderada judicial del actor, cuyo cumplimiento manifestara a este Juzgado ejecutor. La cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (BS. 5.000) el día 16 de enero de 2012, en sede de este Juzgado. En caso de incumplimiento a lo acordado la presente causa se continuara con la ejecución. Leída la presente acta conforme firman.



La Juez

Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez


Abg. Ana Jiménez de Núñez


Abg. Lisandro José Godoy Bastidas


La Secretaria.

Abg. Ana Colmenares






PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, dos de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: PP01-L-2010-000206

Por cuanto las partes celebraron un auto composición procesal en acta de esta misma fecha, este Juzgado, al verificar que dicho acuerdo constituye un acto de composición voluntaria, con respecto al cumplimiento de la Sentencia de conformidad con el articulo 525 del Código de procedimiento Civil, aplicado por analogía, atendiendo al articulo 183 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto dicho acuerdo es producto de la voluntad libre de las partes, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley lo HOMOLOGA. En consecuencia, una vez que conste en autos el cumplimiento total del pago acordado, este Juzgado ordenara el cierre del presente procedimiento.

La Juez

Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez


La Secretaria.

Abg. Josefa Carmona Vargas