Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: WILIAN JOSÉ LA CRUZ PÉREZ y LEONELA ESTHER GRATEROL MEJÍA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.172.205 y 24.144.845, respectivamente en beneficio de su hijo: xx. Seguidamente la ciudadana: LEONELA ESTHER GRATEROL MEJÍA. Estuvo de acuerdo con lo ofrecimiento que hizo el padre de mi hijo, ciudadano: Wilian José la Cruz, en la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,oo) mensuales, más el 50% de los gastos de medicamentos, consulta medicas, gastos decembrinos, calzado y ropa cuando la amerite