PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, 21 de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: PP01-L-2011-0000280
PARTE DEMANDANTE: ALI MANUEL ALVARADO, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.252.555
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE:MALVIT ZARATE
PARTE DEMANDADA: ENTIDAD FEDERAL DEL ESTADO PORTUGUESA,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
APODERADOS DE LA PROCURADURIA DEL ESTADO PORTUGUESA: WILLIAN ENRIQUE CERRADA inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°.115.181
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
Hoy, 21 de DICIEMBRE de 2011, siendo las 9:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, WILLIAN ENRIQUE CERRADA apoderado judicial de la Procuraduría del estado Portuguesa, se deja constancia la incomparesencia de la parte accionante quien no comparece ni por si ni por medio de apoderado alguno ;el abogado presente consigna en este acto copia de sus poderes por lo que se decreta el desistimiento del procedimiento conforme lo establece el articulo 130 de la Ley adjetiva laboral
El Juez,
Abg. Rafael Gainze
LOS COMPARECIENTES:
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Apoderado Judicial de la Demandada,
La Secretaria.
Abg. Ana Colmenares
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