PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 7 de diciembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO: PP01-V-2011-000314
Visto que el día de hoy, miércoles 07 de diciembre de 2.011, se pautó la celebración de la Audiencia Preliminar de la fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y llegada la hora de la misma, procede el Alguacil adscrito a este Circuito, ciudadano, Ángel Navarro Martínez, a realizar el llamamiento de las partes interesadas en la presente demanda con motivo de DIVORCIO CONTENCIOSO, y visto la incomparecencia, de la parte actora, ciudadana BENEDICTA MERCEDES FERNANDEZ MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.052.794, a la celebración de dicha audiencia, dejándose constar asimismo la incomparecencia de la parte demandada, ciudadano ORLANDO JOSE TERAN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.507.886, En consecuencia, este Tribunal declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, a tenor de lo dispuesto en el procedimiento ordinario, capítulo IV, del Título IV capitulo VIII artículo 520 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el último aparte del artículo 477 ejusdem, el cual establece que:
“Si ambas partes no comparecen, se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida a un acta que se publicará el mismo día.” Fin de la cita.
En consecuencia, de conformidad con el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia. Se acuerda el desglose de los documentos originales que rielan en la presente causa y en su defecto dejar copias en fotostatos de los mismos. En tal sentido, se acuerda el cierre de la presente causa y su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
Jueza de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución
La Secretaria Temporal,
Abg. Liliana Belén Barreto Arteagas
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