JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
CHABASQUÉN: 20 DE ENERO DE 2011.
AÑOS: 200° Y 151°
EXP N°: 659/2011 REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: IVAN ENRIQUE LINARES LINARES y NAYIBI GREGORIA PINEDA PAEZ, en beneficio de los niños: X y X, donde ambas partes acordaron como Obligación de Manutención, Cuatro (04) Cesta Tickets mensuales por un monto de veintisiete bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 27,50,oo) cada uno, a fin de completar el aumento solicitado por la madre de los niños, en cuanto a los lentes de su hija el ciudadano: IVAN ENRIQUE LINARES, propone pagar la mitad del monto de la factura previa consignación de la misma, en lo referente a los estrenos en el mes de Diciembre serán compartidos en un 50% por ambos padres