JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.


CHABASQUEN: 27 DE ENERO 2011
AÑOS: 200° Y 151°

EXP N°: 661/2011 OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.


Vista la conciliación celebrada entre el adolescente: X y el ciudadano: ALIRIO JOSE TORRES, en beneficio del adolescente: X y el ciudadano: X, donde ambas partes acordaron. Que el padre del adolescente depositara la cantidad de Trescientos Cincuenta Bolívares (Bs.350), mensual en una cuenta de ahorro que mande aperturar el Tribunal, en el Banco Provincial a nombre de sus Hijos, de igual manera cubrirá el 50% de los gastos decembrino y útiles escolares