REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, veintiséis de enero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: PP21-L-2009-000562
PARTE DEMANDANTE: ANGEL JOSE GRIMAN MOGOLLON, titular de la cedula de identidad N° 14.676.634.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ERNESTO JOSE BISCARDI SOSA, inscrito en el inpreabogado con el N° 32.044
PARTE DEMANDADA: Mr. SISTEMAS, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha: 06-04-2005, bajo el N°. 16, Tomo 165-A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

PERENCIÓN DE LA INSTANCIA,

Visto que ha transcurrido mas de un (01) año sin que alguna de las partes intervinientes en la presente causa, haya ejecutado ningún acto de procedimiento, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Sede Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, dándole carácter de cosa Juzgada, ordenando el cierre y archivo del asunto, así como su remisión al Coordinador Judicial, una vez quede firme la presente decisión. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese el oficio de remisión respectivo. REGISTRE Y PUBLIQUESE. Es Todo.
LA JUEZ, LA SECRETARIA,

ABG° LIGIA LOPEZ CARIELES. ABG° MARLENE RODRIGUEZ.


En esta misma fecha fue publicada la presente decisión.
Conste.