PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 10 de enero de 2011
200º y 151º


ASUNTO : PP01-J-2010-000429
SOLICITANTE: ANGELA YULIMAR PEREZ.
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR DINERO.
SENTENCIA: DEFINITIVA.

Vista la solicitud formulada por la ciudadana ANGELA YULIMAR PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 14.201.268, actuando en nombre y representación de sus hijas las niñas ********* y ********, de Once (11) y Cuatro (04) años de edad respectivamente, debidamente asistido por la Abogada VERONICA MARTINEZ DIAZ, en su carácter de Defensora Pública (P) Primera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, para que este Tribunal emita autorización judicial para gestionar todo lo concerniente a los beneficios y cantidades de dinero que le corresponde a sus hijas antes mencionadas, en razón de la muerte de su padre ciudadano: ONTY RAFAEL COLMENARES LUCENA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.678.491 y analizados los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que las niñas antes mencionadas poseen la cualidad que se les señala; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ANGELA YULIMAR PEREZ, identificada anteriormente, para que gestione todos los beneficios y pagos de las cantidades de dinero que le correspondan a sus hijas las niñas ******* y ********, de Once (11) y Cuatro (04) años de edad respectivamente, por ante la Empresa Productores Asociados de Café Chabasquen “PACCA CHABASQUEN”, Compañía Anónima, tales como: Prestaciones Sociales, Haberes de la Caja de Ahorros, retenciones de la Ley de Política Habitacional, Seguro Social I.V.S.S; pero la cuota parte que le corresponde las niñas antes mencionadas, debe ser consignada ante este Tribunal mediante cheques para ser depositados en una Cuenta de Ahorros. Se acuerda la apertura de Cuentas de Ahorros a nombre de las niñas ****** y ********, cuando conste en auto los cheques emitidos a nombre de las mencionadas niñas. Expídanse por Secretaria Cinco (05) copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.




La Jueza,



Abg. Pastora Peña Garcías.
Jueza de Mediación y Sustanciación


El Secretario,


Abg. Alfredo José Oropeza.
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