PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 26 de enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO : PP01-V-2011-000051
DECRETO:
Vista la manifestación de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos JULIANA LILIBETH RIVEROS MENDEZ e ISIDORO VALLADARES TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 17.881.408 y 14.569.874, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio ELIZABETH LUCENA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 134.483. Se declara dicha separación en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos conforme a lo establecido en el Artículo 189, del Código Civil Venezolano. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren menester a los efectos del articulo 507 ejusdem, insértese una copia de la solicitud que encabeza estas actuaciones y de éste Decreto en los Libros de Matrimonio llevados por ante el Concejo Municipal del Municipio Guanare del estado Portuguesa y ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare, para lo cual se acuerda remitir oficio y copia certificada.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abg. Tania Rivero Pargas.
Milanyela p.
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