REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte (20) de enero de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: KP02-M-2010-000068

Vista la transacción celebrada en fecha 22-11-2010, por las partes intervinientes en la presente causa: ciudadano Reinal Pérez Vitoria, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-11.265.507, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.596, por una parte, y por la otra la ciudadana Islendy Danace Lobo Rojas, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.071.557, asistida por el Abogado Leopoldo Silva Angulo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.011, éste Tribunal le imparte su homologación; en consecuencia, téngase la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes. Asimismo, se ordena devolver los documentos originales solicitados, previa certificación en los autos de su copia fotostática, una vez la parte provea las mismas, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Se da por terminada la presente causa. En consecuencia, se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en autos. Archívese el presente expediente y remítase oportunamente al Archivo Judicial Regional. Cúmplase.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López El Secretario,

Abg. Roger José Adán Cordero




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