PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 28 de febrero de 2011
200º y 152º


ASUNTO : PP01-J-2011-000227

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos WILMER JOSE SANCHEZ LEON y SARA CAROLA OSORIO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-17.882.073 y V-17.261.822 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público Especializada para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Primer Circuito del Estado Portuguesa, sobre la fijación del REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, que establece el ciudadano WILMER JOSE SANCHEZ LEON en beneficio de su hija de nombres y apellidos ***********, de Un (01) año de edad, el cual ha sido fijada de la siguiente manera: “El padre buscará a su hija en el hogar de la madre los días viernes a las 09:00 de la mañana debiendo regresarla el día domingo a las 05:00 de la tarde, lo cual sucederá todos los fines de semana. Con respecto a las vacaciones, días feriados y especiales se hará de forma alterna entre los padres previo acuerdo mutuo”. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda expedir dos (02) copias certificadas a las partes de la presente homologación.

La Jueza,

Abg. Pastora Peña Garcías
El Secretario Temporal,
Abog. Rene Antonio Briceño Barroeta.
Juleidith pfdr.-