PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 7 de febrero de 2011
200º y 151º
ASUNTO : PP01-J-2011-000078
Vista la solicitud formulada por el ciudadano JUAN CARLOS MENDOZA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 7.439.299, asistido por el Abogado YLDEGAR GAVIDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 8.068.590, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 61.200, para que se le designe CURADOR AD HOC al niño ******, de Diez (10) años de edad, por cuanto se han cumplido todas las formalidades de ley, el Tribunal considera procedente designarle a la ciudadana FELIMAR DEL CARMEN MENDOZA GARCIA, y así se decide.
Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DISCIERNE EL CARGO DE CURADOR AD HOC del niño *******, de Diez (10) años de edad, a los fines del artículo 110 del Código Civil, en la persona de la ciudadana FELIMAR DEL CARMEN MENDOZA GARCIA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-7.445.738 y residenciada en la Calle54, vereda 5, casa No 5 de la Urbanización El Obelisco, de la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara.
La Jueza
Abg. Pastora Peña Garcías
El Secretario,
Abg. Rene Briceño.
Milanyela p.-.
|