En el asunto penal Nº PP11-D-2009-000158, seguido a los adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS POR RAZONES DE LEY, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, cometido en perjuicio del ciudadano Neomar Farrera, en audiencia celebrada en esta fecha se ordena MANTENER la sanción de LIBERTAD ASISTIDA en la forma originalmente impuestas. Se ratifica obligatoriedad del cumplimiento de la sanción. Se le ratifica el contenido del artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide.