En el asunto Nº PP11-D- 2009-385, seguido a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, en audiencia oral de control de cumplimiento de sanción celebrada se acuerda MANTENER el cumplimiento de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA en Libertad, se Modifica el lugar de cumplimiento de la REGLA DE CONDUCTA, pues en vez de acudir a la Parroquia Espíritu Santo, ubicada en Baraure, deberá acudir a la Iglesia Evangélica Paraíso de Dios, ubicada en Villa Araure l. Se ordena oficiar al pastor de la Iglesia señalada sanciones estas que deberá cumplir hasta vencer el lapso estipulado para las mismas. ASI SE DECIDE.