En el asunto Nº PY-11-P-2005-000007, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por la comisión de un delito establecido en la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano , por auto de esta fecha y previa solicitud de la Defensora Publica se realizó computo de la sanción impuesta al adolescente y se decretó el CESE de las misma, por haber cumplido responsablemente y por el tiempo señalado con dicha sanción, Se ordena la LIBERTAD PLENA y la remisión del presente asunto al archivo Regional. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. Así se decide.