En el asunto Nº PY11-D-2006-000013, seguido a los jóvenes adultos: IDENTIDADES OMITIDAS POR RAZONES DE LEY, en esta fecha se DECLARA en REBELDÍA, a los mencionados, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia se ordena la ubicación inmediata de los mismos en todo el territorio de la República. Notifíquese a los representantes de los mencionados adolescente, a la representación fiscal y a la Víctima. Líbrese los oficios a los órganos correspondientes ASI SE DECIDE