REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA
Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación
En la causa iniciada por demanda de partición de herencia, intentada por JONATHAN JOSE NIETO TOVAR, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad V-9.841.821 contra VICTORIA DE JESUS NIETO DE ALVAREZ, IRIA GUADALUPE NIETO DE PARRA y JOSE OCTAVIO NIETO JIMENEZ, todos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad V-2.814.311, V-4.198.612 y V-5.024.196, respectivamente, este Tribunal por decisión del 22 de noviembre de 2010 ordenó la partición de los bienes descritos en dicha sentencia y fijó la oportunidad para el nombramiento del partidor.
Designado como fue el partidor, éste presentó su informe el 01 de julio de 2011 y las partes no presentaron objeción alguna dentro de los diez días de despacho siguientes, por lo que de conformidad con lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento civil, debe declararse concluida la partición.
Es con base a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CONCLUIDA la partición.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua, a los veintiún días del mes de julio de dos mil once.
El Juez,

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria,

Abg. Nancy Galíndez de González