REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
GUANARE


Guanare, 29 de Julio de 2011.
Años: 201° y 152°.

Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, hecha por el ciudadano: JOSÉ COROMOTO GIMENEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nros V- 18.297.799, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio Poelis Rodríguez; inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 74.317, mediante el cual solicita se le declare a el y a los ciudadanos: PABLO ANTONIO JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, ROSA LINDA GIMENEZ TORREALBA, HORTENCIA COROMOTO JIMENEZ DE VALDERRAMA, RAMONA DEL CARMEN JIMÉNEZ RODRÍGUEZ y MELQUIADES DE JESÚS JIMÉNEZ RODRÍGUEZ , venezolanos, mayores de edad, y de este domicilio en su condición de hijos, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: JOSÉ ESTEBAN GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de N° V-856.100, quien falleció sin testamento (ab-instestato), el día veintisiete de Abril del año dos mil seis, (27-04-2006), en esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos tal requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos Copia Certificada del Acta de Defunción del Causante: JOSÉ ESTEBAN GIMENEZ. Copias fotostáticas de las cedulas de identidad de los ciudadanos PABLO ANTONIO JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, ROSA LINDA GIMENEZ TORREALBA, HORTENCIA COROMOTO JIMENEZ DE VALDERRAMA, RAMONA DEL CARMEN JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, MELQUIADES DE JESÚS JIMÉNEZ RODRÍGUEZ y JOSÉ COROMOTO GIMENEZ TORREALBA. Copias certificadas de las acta de nacimiento de los ciudadanos PABLO ANTONIO JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, ROSA LINDA GIMENEZ TORREALBA, HORTENCIA COROMOTO JIMENEZ DE VALDERRAMA, RAMONA DEL CARMEN JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, MELQUIADES DE JESÚS JIMÉNEZ RODRÍGUEZ y JOSÉ COROMOTO GIMENEZ TORREALBA. Copia certificada de acta de Matrimonio de los ciudadanos JOSÉ ESTEBAN JIMÉNEZ CON PASCUALA DEL CARMEN. En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: MARÍA DIOSGRACIA CORDERO y JOSÉ CASIANO BASTIDAS TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.402.923 Y v-8.069.704, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.

Por cuanto no ha habido Oposición este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: PABLO ANTONIO JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, ROSA LINDA GIMENEZ TORREALBA, HORTENCIA COROMOTO JIMENEZ DE VALDERRAMA, RAMONA DEL CARMEN JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, MELQUIADES DE JESÚS JIMÉNEZ RODRÍGUEZ y JOSÉ COROMOTO GIMENEZ TORREALBA, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: JOSÉ ESTEBAN GIMENEZ, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículos 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las Copias Certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez,

Abg. Miriam Durand Sánchez.
El Secretario,

Abg. Johnny Gutiérrez .
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.-Conste.
Srio,

Solicitud N° 0996-11.-
marisol