La Defensoría “Amiguitos de Bolívar” remitió el Acta Convenio suscrita entre los ciudadanos anteriormente identificados, en beneficio de su hija (SE OMITE), de siete (7) años de edad, respectivamente.
En el acta en referencia, el ciudadano GIOVANNY RODRIGUEZ, acordó aportar como Obligación de Manutención para su hija, la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 475,00) mensual; que depositará los días (10) de cada mes en la cuenta N° 1750059720060673295 del Banco Bicentenario. Además, aportará un bono del 100% en los meses de septiembre y diciembre; además se comprometió a contribuir con el cincuenta por ciento (50%) de los demás gastos de ropa, calzado, habitación, educación, cultura, asistencia médica, medicinas, recreación y deportes.
En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar convinieron que el padre compartirá con su hija los días domingos de 2.00 p.m., hasta las 6:00 p.m., pudiendo el padre trasladarla a un lugar fuera del hogar materno. En carnaval compartirá con la niña los martes de 10:00a.m., hasta las 6:00p.m., en semana santa serán los días lunes y martes de 10:00a.m., hasta las 6:00p.m., en las vacaciones escolares de julio a septiembre el padre compartirá con la niña tres días a la semana previo acuerdo con la madre.
Para finalizar, solicitan sea homologado el presente convenimiento.
En fecha 19 de Julio de 2011, el Tribunal le dio entrada y la admitió para dictar la sentencia a que hubiere lugar, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres ni a alguna disposición expresa de la Ley.
Llegada la oportunidad procesal correspondiente para el pronunciamiento respectivo, el Tribunal lo hace en los siguientes términos:
De la revisión del acta contentiva del convenio suscrito entre los ciudadanos solicitantes, observa quien juzga que el mismo no está incurso en las causales de no homologación previstas en el Artículo 317 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por lo que resulta procedente impartir la correspondiente aprobación y, en consecuencia, declarar homologado dicho convenimiento, lo cual se hará en la dispositiva.