La ciudadana anteriormente identificada, en representación de su hija, también identificados antes; solicitó Autorización para Cobrar las cantidades de dinero de diferentes conceptos, que son las cuotas partes correspondientes a su hija como herederos de quien fuera su padre, el ciudadano TEOFILO ANTONIO HIDALGO BRICEÑO, quien fuera titular de la cédula de identidad N° 9.842.447, fallecido el 09 de Enero de 2011, quien al momento de fallecer prestaba servicio como funcionario policial.
Que por todo ello ocurre a solicitar autorización para cobrar las cantidades de dinero de diferentes conceptos que les corresponden como causahabientes.
Por auto de fecha 06 de Julio de 2011, se admitió a sustanciación la solicitud, acordándose la simplificación del procedimiento conforme a los Artículos constitucionales 264 y 267 en concordancia con los Artículos 450 en sus literales “g” e “i” de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes;
Llegada la oportunidad procesal correspondiente para decidir sobre la autorización solicitada, el Tribunal se pronuncia de la siguiente manera:
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