PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 14 de Julio de 2011
201º y 152º


ASUNTO: PP01-V-2011-000263

Vista la comunicación TDCAEP-OFO-Nº 01-07-11, de fecha 07/07/2011, emanada del Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del estado Portuguesa, mediante la cual remiten copia certificada del Expediente Disciplinario Nº TDCAEP-S-00005-11, del Procedimiento Disciplinario que le sigue dicho colegio al Abogado FELIX ORLANDO MATUTE, cumpliendo con lo solicitado por este Despacho según oficio Nº PH06OFO2011001726, de fecha 28/06/2011 y por cuanto se evidencia del referido expediente disciplinario datos que permiten la identificación del niño XXXXXXXXX, de once meses de nacido, así como de otros niños; esta Instancia Judicial procede a pronunciarse sobre la Medida Preventiva solicitada en el escrito libelar. En consecuencia, se Decreta de conformidad con los artículos 465 y 466 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, MEDIDA PREVENTIVA, consistente ésta en lo siguiente: Ordenarle al Abogado DERVIS HUWERLEY FAUDITO RODRÍGUEZ, en su carácter de Presidente del Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del estado Portuguesa, Tachar de las actas procesales que conformen el expediente Disciplinario Nº TDCAEP-S-00005-11, que se encuentra resguardo en el archivo del Tribunal Disciplinario a su cargo, el nombre e identificación del niño XXXXXXXXX, de once (11) meses de nacido, así como también de cualquier otro niño, niña y adolescente, cuya identificación se vea expuesta en dicho expediente, resguardando des esta manera el derecho consagrado en el artículo 65 ejusdem. Líbrese oficio al Presidente del Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del estado Portuguesa, para que de cumplimiento inmediato a la medida previamente dictada.
Para la ejecución de esta medida, se acuerda la apertura de un Cuaderno Separado que tramitará todo lo relacionado con la misma y se encabezará con una copia certificada del presente auto. Cúmplase.


La Jueza,


Abg. Francileny Alexandra Blanco Barrios


La Secretaria Temporal,


Abg. Esnervi Dinora Rosales Castillo
FABB/EDRC/Ma. Alexandra.-