REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 9 de junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: PP21-L-2010-000367
PARTE ACTORA: JOSE ELIGIO MARTINEZ PEREZ, ELY JOSE MARTINEZ PEREZ, CLEMENCIO ANTONIO COLMENAREZ MARTINEZ Y JOSE ANTONIO COLMENAREZ MARTINEZ titulares de la cédula de identidad Nros 18.672.254, 18.672.264, 12.527.919 y 16.040.592.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN CARLOS RODRIGUEZ LOBATON y DANIEL SANTOS MENDOZA titulares de la cédula de identidad Nros 102.901 y 70.622 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 102.901 y 70.622 en su orden.
PARTE DEMANDADA: REFORVEN C.A. registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial de Acarigua, estado Portuguesa, bajo el número 39, tomo 210-A, defecha 03-05-1990 representada por el ciudadano JOSE EVIA, titular de la cédula de identidad número E-81.550.320; DESARROLLO DONATELLO C.A inscrito por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 22 de octubre de 1999, bajo el número 39, tomo 82-A, representada legalmente por el ciudadano NICOLAS GUSTAVO DE HOY AGÜERO, titular de la cédula de identidad número 4.730.694, y por la codemandada REFORESTADORA DOS REFORDOS. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, en fecha 23 de octubre de 2000, bajo el número 20, tomo 96-A, representada por el ciudadano RAFAEL ARRIECHI, titular de la cédula de identidad número 3.446.164.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDANTE REFORESTADORA DOS REFORDOS: Abogada MARISA ROMERO MOLINARI, titular de la cédula de identidad número 9.940.253, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 42.369.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE CODEMANDANTE DESARROLLO DONATELLO C.A: Abogados CAROLINA RIVERO, DIANA PEREIRA Y MAYGRET RIVAS titulares de la cédula de identidad números 13.906.214, 15.730.905 Y 12.353.748 respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 130.293, 108.603 Y 102.208 en su orden.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE CODEMANDANTE REFORVEN C.A.: Abogados SANDRA CASTILLO, CARL DOUGLAS SILVA Y SANDRA CASTILLO titulares de la cédula de identidad números 13.265.826, 11.556.883 y 9.840.262 respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 90.331, 84.771 y 45.738 en su orden.
MOTIVO: Cobro de prestaciones sociales.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ACTA DE DESISTIMIENTO

En el día hábil de hoy, 09 de junio de 2011, siendo las 09:15 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio y anunciada la misma de viva voz por el Alguacil de este Circuito Judicial Laboral JAVIER TORREALBA, guiándose por la hora del reloj de este Circuito Judicial del Trabajo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora quien no compareció ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial. Por otra parte, se deja constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la codemandada REFORESTADORA DOS REFORDOS la abogada MARISA ROMERO MOLINARI, por REFORVEN C.A. el abogado CARL SILVA, y CAROLINA RIVERO por DESARROLLO DONATELLO C.A., plenamente identificados anteriormente y con la cualidad que consta en autos, y la de los dos primeros profesionales del derecho en poder notariado que consignan en este acto, en copia simple original. Ahora bien, en atención a la incomparecencia del actor, este Juzgador forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.

En consecuencia, este Tribuna Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: Desistido el Procedimiento.
SEGUNDO: Terminado el Proceso.
Regístrese y Publíquese.

Dado, Firmado y sellado en la Sala de este despacho de este Tribunal, en Acarigua a los 09 días del mes de junio de 2011.
El Juez, La Secretaria,


Abg. Antonio Maria Herrera Mora, Abg. Naydali Jaimes Quero,

Los presentes,


Apoderada judicial de la codemandada REFORESTADORA DOS REFORDOS,


Apoderada judicial de la codemandada, DESARROLLO DONATELLO C.A.

Apoderado judicial de la codemandada REFORVEN C.A.