REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 16 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO: PP01-J-2011-000616
Vista el acta de convenimiento celebrada entre los ciudadanos ANDRÉS DE JESÚS TORO GIL y KETTY COROMOTO FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14995369 y 14.378.810 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público Especializada para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Primer Circuito del Estado Portuguesa a cargo de la Abogada PATRICIA ZARZALEJO, sobre la fijación del REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, que establece el ciudadano ANDRÉS DE JESÚS TORO GIL en beneficio de sus hijos de nombres y apellidos XXXXXXXXXXXXX, de once (11), diez (10) y tres años de edad respectivamente, la cual ha sido fijada de la siguiente manera: “El padre buscará a sus hijos todos los días en el colegio a las 05:00 p.m., y los entregará a la madre a las 07:00 p.m. Así mismo, el padre buscará a sus hijos todos los domingos en el hogar de la madre a las 10:00 a.m., y los entregará ese mismo día a las 08:00 p.m. En cuanto a vacaciones, días especiales y feriados, serán compartidos en forma alterna y conciliada. Asimismo, indican las partes que el presente acuerdo podrá ser objeto de modificación tomando en cuenta el Interés Superior de los niños en cuestión”. Y por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos de los niños arriba identificados, este Tribunal LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN Y LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 518 y 519 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda conservar el original del acuerdo en el Archivo sede de este Circuito Judicial de Protección, extensión Guanare y expedir dos (02) copias certificadas del mismo junto con la presente homologación a las partes presentantes del acuerdo.
La Jueza Temporal,
Abg. Florbelia Urquiola Corona
Jueza Temporal Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Secretario Temporal,
Abg. René Antonio Briceño
Ma. alej.-