La ciudadana anteriormente identificada, en su carácter de representante legal por efectos de su designación como tutora de la adolescente, también identificada al inicio, solicitó Autorización para Cobrar la Pensión de Sobreviviente que le corresponde como heredera por el fallecimiento de quien fuera su madre, la señora SIOLY MARLENE BORGES.
Por todo ello acudió a solicitar autorización para cobrar, en nombre de su sobrina, la adolescente ya identificada.
Por auto de fecha 01 de Junio de 2011, se admitió a sustanciación la solicitud, acordándose la simplificación del procedimiento conforme a los Artículos constitucionales 26 y 257 en concordancia con los Artículos 450 en sus literales “g” e “i” de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.