PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 7 de junio de 2011

ASUNTO: PP01-V-2011-000183

PARTE DEMANDANTE: FRANCISCO ANTONIO PÉREZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.408.304.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: MANUEL HUMBERTO DÚRAN DÚRAN, titular de la cédula de identidad N° V-16.477.784, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 142.981.
PARTE DEMANDADA: NIDIA YAQUELIN TORO BARAZARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.648.949.
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO.

En el día de actividad Jurisdiccional de hoy, martes siete (07) de junio del dos mil once (2011), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a cabo la audiencia preliminar en su fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, se anunció el acto a las puertas del Tribunal, se constituye el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, dirigido y presidido por la Jueza Segunda de Mediación, Sustanciación y Ejecución Abogada Francileny Alexandra Blanco Barrios, Secretario el Abogado Alfredo José Oropeza Saavedra, y el Alguacil José Luis Peralta; así mismo se deja constancia de la presencia del técnico audiovisual designado a este Circuito Judicial ciudadano José Gregorio Márquez, con una cámara marca: Sony, tipo: Handycam, Serial: 5311. Se le da INICIO a la audiencia. Seguidamente, se deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos: FRANCISCO ANTONIO PÉREZ TORREALBA Y NIDIA YAQUELIN TORO BARAZARTE, anteriormente identificados; en su condición de parte demandante y demandada, respectivamente; quienes no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado, certificada la incomparecencia de las partes a la presente audiencia preliminar en su fase de sustanciación, este Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en atención a lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia se acuerda el cierre del expediente y su remisión al archivo judicial. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las nueve y treinta y cinco de la mañana (09:35 a.m.).


La Jueza

Abg. Franciley Alexandra Blanco Barrios



Técnico Audiovisual Alguacil,


El Secretario,

Abg. Alfredo José Oropeza.