Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: RAFAEL RAMÓN LACRUZ VÁSQUEZ y YASENIA COROMOTO CASTELLANOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.396.754 y 14.731.190, respectivamente, en beneficio de su hija: xx. Seguidamente el ciudadano: Rafael Ramón Lacruz, estuvo de acuerdo en pasarle a su hija la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300,oo) mensuales a partir de este mes, como obligación de manutención, y en el mes de septiembre de cada ańo le comprará los útiles escolares, de igual forma en el mes de diciembre le entregará un bono de mil quinientos bolívares (Bs. 1.500,oo) para gastos decembrinos, asimismo se comprometió a sufragar los gastos de medicamentos en caso de enfermedad, dichas cantidades de dinero las consignará por ante este Tribunal del 20 al 25 de cada mes
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