PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 14 de Marzo de 2011
200º y 152º


ASUNTO: PP01-V-2011-000127
DECRETO:

Vista la manifestación de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos JOSE ALI TERAN MEJIAS y ANA GISELA MUJICA DE TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 10.724.613 y 12.240.028 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogado GREISY E. RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 137.109. Se declara dicha separación en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos conforme a lo establecido en el Artículo 189, del Código Civil Venezolano. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren menester a los efectos del articulo 507 ejusdem, insértese una copia de la solicitud que encabeza estas actuaciones y de éste Decreto en los Libros de Matrimonio llevados por ante la Prefectura del Municipio Guanare del estado Portuguesa, para lo cual se acuerda remitir oficio y copia certificada.

La Jueza Temporal,

Abg. Florbelia Urquiola Corona


La Secretaria,


Abg. Elsy Moraima J. Verde.
///Carlos Cedres.-