PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 22 de marzo de 2011
200º y 152º


ASUNTO : PP01-J-2011-000328

Vista el acta de convenimiento celebrada entre los ciudadanos LUIS ALFREDO TORREALBA y ANA MARIA FERNANDEZ VALLADARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.143.060 y V-18.471.636 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público Especializada para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Primer Circuito del Estado Portuguesa, sobre la fijación de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que establece el ciudadano LUIS ALFREDO TORREALBA en beneficio de sus hijos de nombres y apellidos ********* y **********, de Cuatro (04) y Un (01) año de edad respectivamente, la cual ha sido fijada de la siguiente manera: el padre suministrará la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) MENSUALES, a razón de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,00) los días quince (15) de cada mes y la cantidad restante los días treinta (30) de cada mes, los cuales entregará directamente a la madre en dinero en efectivo mediante recibo firmado por concepto de Obligación de Manutención. En el mes de Diciembre el padre se compromete a suministrar a sus hijos vestuario, calzado y presente navideño para el 24 de Diciembre y la madre adquirirá vestidos y calzado para el 31 de Diciembre. Ambos padres se comprometen a sufragar los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos. Y por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos de los niños en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda expedir dos (02) copias certificadas a las partes de la presente homologación.

La Jueza Temporal,


Abg. Florbelia Josefina Urquiola Corona
Jueza de Mediación y Sustanciación

El Secretario,

Abg. Alfredo José Oropeza Saavedra.
Juleidith pfdr.-