PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 4 de marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO : PP01-J-2011-000257

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos JEAN CARLOS SINGER y YUSMELY CAROLINA VILLEGAS MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.205.483 y V-17.829.018 respectivamente, por ante la Defensa Publica Primera en Materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente, sobre la fijación del REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de sus hijos de nombres y apellidos ********* y **********, de Seis (06) y Cinco (05) años de edad respectivamente, el cual ha sido fijado de la manera siguiente: “El padre buscará a sus hijos en la residencia de la madre cada quince (15) días, los día viernes a las 08:00 de la noche debiendo regresarla al hogar de la madre los domingos a las 04:00 de la tarde. Todo de conformidad a los establecido en los artículos 385, 386, 388 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente. Asimismo, se comprometen las partes a mejorar las relaciones mutuas en función del Interés Superior de los Niños y la Prioridad Absoluta de los principios rectores en materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente”. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 ejusdem. Se acuerda expedir copia del presente auto de homologación.
La Jueza Temporal,

Abg. Florbelia Josefina Urquiola Corona
Jueza de Mediación y Sustanciación

El Secretario Temporal,

Abog. Rene Antonio Briceño Barroeta.
Juleidith pfdr.-