REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Barquisimeto,
Barquisimeto, primero (01) de marzo de dos mil once
Año 200º y 152º
ASUNTO Nº KP02-J-2011-000442

SOLICITANTE: FRANK ALEXIS ALVAREZ MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.432.039, domiciliado en la calle 1-A entre 9 y 10 La Mata Cabudare, estado Lara.
ASISTIDO POR: CARMEN TERESA VALE, Defensora Pública Segunda (s) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
BENEFICIARIOS: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de diez (10) y dos (02) años de edad, respectivamente.

MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL.

En fecha 10 de febrero de 2.011, el ciudadano FRANK ALEXIS ALVAREZ MELENDEZ, ya identificada, actuando en representación de sus hijos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA; presentó solicitud en la cual indicó que en fecha 29 de mayo de 2010, falleció ab-intestato la madre de sus hijos, ciudadana ANA VIRGINIA JUAREZ SALGUERO, por lo cual solicita autorización para tramitar y cobrar la póliza de seguros de sus hijos. Acompañó su solicitud con copia certificada de las partidas de nacimiento de los beneficiarios de autos, copia certificada del acta de defunción, copia del contrato individual de trabajo por tiempo determinado, certificado de seguro del Banco Centro Occidental de Descuento, y con el expediente Nº kp02-S-2010-006229 motivo Únicos Universales Herederos.
En fecha 17 de febrero de 2011, se admitió la solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se ordenó seguir la solicitud por el procedimiento de jurisdicción voluntaria, previsto en los artículos 511 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Este Juzgado para decidir observa:
A los folios treinta y siete (37) al treinta y nueve (39) de autos, consta, la sentencia de Únicos y Universales Herederos de los cuales se evidencia que los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA fueron declarados Únicos y Universales Herederos de la de cujus ANA VIRGINIA JUAREZ SALGUERO, por lo tanto, tienen todo el derecho a concurrir a la herencia dejada por su causante. Ahora bien, en virtud de que el ciudadano FRANK ALEXIS ALVAREZ MELENDEZ, ya identificado, solicita autorización para tramitar y cobrar la póliza se seguro el porcentaje correspondiente a los referidos beneficiarios, Se prescinde la audiencia por resultar inoficiosa y atendiendo a los principio de simplificación, celeridad y economía procesal. Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, visto las documentales consignadas con el Escrito Libelar y por ser la presente solicitud en beneficio e Interés Superior de los beneficiarios de autos procede a conceder la autorización solicitada. Así se decide.
DECISIÓN
Llenos los requisitos exigidos, considerando esta Juzgadora de conformidad con la norma del artículo 267 del Código Civil, autoriza al ciudadano FRANK ALEXIS ALVAREZ MELENDEZ, para que en representación de sus hijos, gestione el cobro del porcentaje que le corresponde a los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA en su condición de herederos de la De Cujus ANA VIRGINIA JUAREZ SALGUERO, por ante C.A. de Seguros La Occidental, Banco Occidental de Descuento. En consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza suficientemente al ciudadano FRANK ALEXIS ALVAREZ MELENDEZ, ya identificado, para gestionar la cuota parte que le corresponda a los beneficiarios de autos sobre la Póliza de Seguros La Occidental, Banco Occidental de Descuento. Así como cualquier otro beneficio quedante que se pudiera disponer.
Se le advierte al solicitante, a la Compañía Anónima de Seguros La Occidental, Banco Occidental de Descuento, así como cualquier otra institución, que los montos correspondientes a las niñas IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, deberán ser remitidos a este despacho mediante Cheque de Gerencia a la orden del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, extensión Barquisimeto. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, al primer (01) día del mes de marzo del Año Dos Mil Once (2011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación


ABG. LISBETH G. LEAL AGÜERO.

La Secretaria

Abg. Ana Elisa Anzola

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 513-2.011, siendo las 9:02 a.m.

La secretaria

Abg. Ana elisa anzola