REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO Nº 03

Guanare, 30 de Mayo de 2011
CAUSA: 3U-472-10.

JUEZ PRESIDENTE: Abg. Claudia Rizza Díaz.
SECRETARIA: Abg. Edith Hidalgo Tapia.
ACUSADOR: Fiscal Sexta del Ministerio Público Abg. Arelis Veliz.
VÍCTIMA: Jhoana del Carmen Montes Villegas
ACUSADO: BORJAS TORREALBA RAFAEL ANGEL
DEFENSORES PRIVADOS: Abg. José Ángel Añez y Abg. Alberto Martínez
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL.
DECISION: Interrupción de Juicio
Vista que para el día de hoy 30/05/2011, se había fijado la continuación del Juicio en la presente causa seguida en contra del Acusado BORJAS TORREALBA RAFAEL ANGEL, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido el día 07/06/1977, estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 13.328.107 y residenciado en la Quebrada de la Virgen, Sector El Clavel, Casa S/N, de Guanare Estado Portuguesa, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de Jhoana del Carmen Montes Villegas, no obstante en virtud del contenido del artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal y ante la imposibilidad de reanudar el debate pasa a hacer este Tribunal las siguientes consideraciones:
Se inició el juicio en fecha 31/03/2011 oportunidad en que el Fiscal del Ministerio Público ratifico su acusación y medios de prueba en contra del acusado, por su parte la defensa formuló sus alegatos iniciales y los acusados libres de juramento manifestaron su voluntad de no rendir declaración, en este estado el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, apertura el lapso de recepción de las pruebas, recepcionando solo el testimonio del padre de la victima y del testigo Nelson Colmenares, Elizabeth Montes, Douglas Montes, y no acuden más órganos de pruebas, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 335 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, suspende y fija su continuación para el día 14/04/2011.
En fecha 14/04/2011 fue incorporada una documental en virtud de que no asisten órganos de pruebas y se suspende para el día 03/05/2011.
En fecha 03/05/2011 se recepciona el testimonio del experto Asdrúbal Bonilla, de la madre de la victima María Polonia Villegas y en virtud de que no asisten mas órganos de pruebas se suspende para el día 16/05/2011.
Siendo el día 16/05/2011 se recepciona el testimonio del experto Luis José Carrillo, de los testigos José Montes, María Azuaje. Dani Azuaje, Juan José Zambrano y Alexander Mejías y se suspende para el día de hoy motivado a que no asisten más órganos de pruebas.
Ahora bien en el día de hoy estando las partes necesarias para la realización de la continuación, a excepción de la defensa, este Tribunal vista la precedencia circunstancia y la inasistencia de la defensa y demás órganos de prueba, este Tribunal se ve en la imperiosa necesidad de declarar la interrupción, atendiendo el contenido del artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, habiendo surgido sobrevenidamente una circunstancia sin que el Tribunal haya recepcionado la totalidad de los órganos de prueba ofrecido por las partes, en el lapso de ley, lo que contraviene el principio de concentración a tenor de lo previsto en artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio No. 03 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la interrupción del debate en la presente causa ordenando como consecuencia de ello su realización desde el inicio, para lo cual se fija nueva oportunidad para el día Lunes 20 de Junio de 2011, a las 11:30 am. Las partes quedan notificadas en audiencia. Notifíquese a las partes inasistentes. Convóquese a los órganos de prueba para dicha oportunidad. Y así se decide.
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 03

ABG. CLAUDIA RIZZA DIAZ
LA SECRETARIA
ABG. EDITH HIDALGO TAPIA