REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-

Chabasquen: 10 de Mayo de 2011.
Años: 201° Y 152°

EXP N°: 681/2011 OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: DOMINGO ANTONIO SANCHEZ y YORBELIZ DEL CARMEN CASAMAYOR BLANCO, en beneficio de del niño: X, donde ambas partes acordaron que el padre del niño entregara a la madre un (01) mercado de comida cada quince (15) días y el padre del niño consignará las facturas de las compras efectuadas, por antes este Tribunal, a los fines de ser agregadas al expediente respectivo