PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 6 de mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO : PP01-V-2011-000168

Vista la acta procesal que anteceden en donde se deja constancia de la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar en la presente causa con motivo de INQUISICION DE PATERNIDAD, y en cuyos contenidos se recogen las manifestaciones de voluntad de la parte demandada, ciudadano RAMON JOSE GOYO SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.528.632, en la presente demanda por INQUISICION DE PATERNIDAD. Siendo que existe la conciliación en el consentimiento pleno y libre de la parte demandada de reconocer y aceptar su paternidad sobre el niño ***********, este Tribunal una vez mediado con la parte demandada, pasa a homologa el acuerdo conciliatorio total celebrado entre las partes intervinientes en el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño en cuestión, por el contrario satisface el interés superior del niño, niña y adolescente establecido en el artículo 8 eiusdem. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y con competencia en materia de Ejecución de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, le imparte su homologación de conformidad con lo así establecido en el contenido del artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda expedir copia del presente auto de homologación a las partes interesadas.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña García.
Jueza de Mediación y Sustanciación


La Secretaria Temporal,

Abog. Lilian Barreto Arteagas.