La Defensoría del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Araure del Estado Portuguesa, remitió el Acta Convenio, suscrita entre los ciudadanos anteriormente identificados, en beneficio de sus hijas (Se Omiten), de uno (1) y cinco (5) años de edad, respectivamente.
En el acta en referencia, el ciudadano Juan Gómez acordó aportar como Obligación de Manutención, la suma de CUATROCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (BsF. 400,00) mensuales; a razón de CIEN BOLÍVARES FUERTES (BsF. 100,00) semanales. Igualmente pagará los gastos de transporte a razón de SETENTA Y CINCO BOLÍVARES FUERTES (BsF. 75,00) mensuales, así como los gastos de útiles personales una vez al mes (champú, crema dental, jabón papel higiénico y pañales). En cuanto a los gastos de salud, educación y vestuario los compartirá en un cincuenta por ciento (50%) con la madre.
En cuanto al Régimen de Convivencia manifestaron que el padre compartirá con sus hijas de Lunes a Viernes de 2:00 p.m. a 7:00 p.m.; y un fin de semana cada quince días desde el Viernes a las 2:00 p.m. hasta el Domingo a las 7:00 p.m., previo acuerdo con la madre. Los feriados de carnaval, Semana Santa, vacaciones escolares y navideñas serán compartidas y alternas entre ambos padres previo acuerdo.
Para finalizar, solicitan sea homologado el presente convenimiento.
En fecha 26 de Mayo de 2011, el Tribunal le dio entrada y la admitió para dictar la sentencia a que hubiere lugar, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres ni a alguna disposición expresa de la Ley.
Llegada la oportunidad procesal correspondiente para el pronunciamiento respectivo, el Tribunal lo hace en los siguientes términos:
De la revisión del acta contentiva del convenio suscrito entre los ciudadanos solicitantes, observa quien juzga que el mismo no está incurso en las causales de no homologación previstas en el Artículo 317 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente; por lo que resulta procedente impartir la correspondiente aprobación y, en consecuencia, declarar homologado dicho convenimiento, lo cual se hará en la dispositiva