REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO Nº 03

Guanare, 10 de Noviembre de 2011
Años 201° y 152°
CAUSA: 3U-492-11
AUTO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENA LA CONSTITUCION DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL
Examinadas las actuaciones que obran en autos se observa en el presente proceso que en fecha 28/04/2011, se celebró sorteo ordinario para la constitución del Tribunal que ha de conocer en La presente causa seguida en contra de los acusados David Rafael Cumana Jimenez, Venezolano, soltero de 29 años de edad, fecha de nacimiento 17-05-1981, titular de la cédula de identidad Nº V-17.212.693, profesión u oficio Distinguido del ejercito Venezolano, natural de Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, y residenciado en Playa Colorada, estado Sucre, casa s/n, y Lizaya Valente Barbara Yemalla, venezolana, soltera, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 05/11/84, titular de la cédula de identidad Nº V-17.903.288, profesión u oficio Distinguido del Ejercito venezolano, natural de Valencia estado Carabobo y residenciado en Carialindo casa Nº 32 Cumaná estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 05 y 06 numeral 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano Dimas Antonio Lacera Carona, siendo fijado dicho acto de Constitución para el día Jueves 19 de Mayo de 2011, a las 10:30 de la mañana, por lo que en la sucesión de actos procesales se tiene que:
Por Auto de fecha 19/05/2011, que riela al folio 107 de la segunda pieza, consta el diferimiento del acto de Constitución fijado para esa fecha, por cuanto el tribunal se encontraba en la continuación de otro juicio en la causa Nº 3M-335-09, fijando nueva oportunidad para el día Lunes 06 de Junio del 2011, a las 8:30 de la mañana; ocasión en la que según acta que riela al folio 171 de la segunda pieza, por inasistencia de las partes y escabinos sorteados, se acordó diferir al Acto de Constitución para el día Miércoles 22 de Junio de 2011, a las 9:30 de la mañana, observándose igualmente al folio 11 de la tercera pieza, acta en la cual por inasistencia de la victima y de los escabinos sorteados, se acordó diferir el acto fijado, y fijar nueva oportunidad para el día Lunes 11 de Julio de 2011, a las 9:30 de la mañana. A tales circunstancias, se evidencia al folio 89 de la tercera pieza, en virtud de la circular Nº 095 de fecha 06/07/2011, en virtud de la rotación anual de Tribunales, quien suscribe se aboca al conocimiento de la presente causa, y por consiguiente se fija Audiencia de Constitución de Tribunal para el día 29 de Julio de 2011, a las 10:30 de la mañana; obsevándose al folio 123 de la tercera pieza, auto de fecha 01/08/2011, en el cual visto que para el 29/07/2011 se encontraba fijada fecha para la constitución de tribunal, y por cuanto no hubo audiencia en vista de que la juez que preside se encontraba en la Contraloría General de la República con sede en la ciudad de caracas, se fijó nueva oportunidad para llevar a cabo dicho acto el día 15 de agosto de 2011, a las 3:00 de la tarde, evidenciándose igualmente auto al folio 124 de la pieza in comento de fecha 10/08/2011, en el cual según resolución N° 2011-0043 de fecha 03-08-2011, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, referente al Receso Judicial comprendido desde el 15-08-2011 hasta el 15-09-2011, ambas fechas inclusive, se acordó fijar nueva oportunidad para la celebración de la Constitución del Tribunal Mixto para el día 16 de Septiembre de 2011, a las 2:00 de la tarde; siendo que para esa fecha, en vista de la inasistencia del Ministerio Público, Defensores, victimas y de los escabinos seleccionados, se acordó diferir nuevamente el acto, fijando nueva oportunidad para el día 30 de Septiembre de 2011, a las 8:45 de la mañana; siendo que de la misma forma en virtud de la inasistencia de la victima, defensores privados y escabinos, se acordó realizar un sortea Extraordinario y fijar nueva fecha de Constitución para el día 26 de Octubre de 2011, a las 9:30 de la mañana, ocasión en la que según Acta que riela al folio 81 de la cuarta pieza, por inasistencia de los acusados, defensores, victimas y escabinos sorteados, se acordó diferir nuevamente al acto y fijar nueva oportunidad para el día 10 de Noviembre de 2011, a las 2:00 de la tarde; oportunidad en la cual según acta que riela al folio 97 de la cuarta pieza, visto la inasistencia de los escabinos se evidencia: Acto seguido la Juez informa a las partes que de la revisión de la causa el Tribunal agotó la vía de las dos convocatorias sin que hayan comparecidos los escabinos sorteados por lo que de conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en su tercer aparte en el que reza: que realizadas efectivamente dos convocatorias sin que se hubiese constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o escabinas, el Juez o Jueza profesional constituirá el Tribunal en unipersonal. En el presente caso se aprecia que en efecto se convocó para la constitución del Tribunal Mixto en las oportunidades relacionadas precedentemente sin que se hubiere logrado la comparecencia de los Escabinos sorteados, tanto en un primer sorteo ordinario como en el primer sorteo extraordinario, por lo que están dados los extremos establecidos en dicha norma para proceder a constituir el Tribunal en forma Unipersonal en consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve ordenar la celebración del juicio oral y público de manera UNIPERSONAL en la presente causa fijando su celebración para el día 13 de Diciembre de 2011 a las 02:00 de la tarde. Quedan notificadas las partes presentes. Diarícese, Regístrese y certifíquese.-


LA JUEZA DE JUICIO Nº 03,

Abg. Carmen Zoraida Vargas López.
EL SECRETARIO

Abg. Edwin Luna