REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN ACARIGUA.
Este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 647 literal E de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda sustituir la sanción de Privación de Libertad Impuesta al adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY, ampliamente identificado en autos y sustituir la misma por las medidas de Libertad Asistida, conforme a lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, bajo la supervisión ante Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a la Casa de Formación integral Acarigua II, la cual cumplirá hasta la fecha de culminación de la misma que es el 23-11-2011.Se deja constancia que se publica la presente decision en el dia de hoy por cuanto el sistema presento fallas.