REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 10 de noviembre de 2011
201° y 152
DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por la ciudadana: MARILY DEL CARMEN CARRILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, Ama de casa, titular de la Cédula de Identidad N°. V-13.481.760, domiciliada en El Barrio el Cementerio calle 17 casa S/N, del Municipio Santa Rosalía, del Estado Portuguesa, asistido por la Abogada en ejercicio SANDRA KARINA GONZALEZ MOLINA, titular de la Cédula N° 12.088.553, inscrita en el Inpreabogado Nº 137.695. En dicho escrito solicita, se le declare, titulo suficiente para asegurarle el derecho de propiedad sobre las mejoras y bienhechurías (casa), todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del código de procedimiento civil vigente.- De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: MIRIAN RAMONA CASTILLO BALLESTER y MARILY JOSEFINA GARCIA BELENDRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 13.354.247 y V-16.305.668 respectivamente.-

Consta que la solicitante: Ha construido una casa con su dinero de su propio peculio personal desde hacen varios años, en una (1) parcela de terreno perteneciente a ejidos Municipales, que mide CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADO (496.00 Mts2), con un área de construcción que mide SESENTA Y TRE METROS CUADRADO, (63,00 Mts2), como consta de Plano de levantamiento Topográfico anexo, ubicado en la calle 17, esquina avenida uno y dos del Barrio El Cementerio, del Municipio Santa Rosalía del Estado Portuguesa, dicha casa es de la siguientes características: Paredes de Bloques de cemento, Machones de cemento y cabillas, Techo de Zinc, Dos (2) cuartos, Un (1) Baño, Una (1) cocina, Una (1) sala, con todos los servicos Eléctricos y Sanitarios, comprendida en los siguientes linderos: NORTE: YOHANA CARRILLO, SUR: TERRENO RESERVADO; ESTE: SONIA SANCHEZ, OESTE: CALLE 17 ENTRE AVENIDA 1 Y 2, donde han invertido la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (BS.5.000,).-



Por cuanto no ha habido oposición este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana MARILY DEL CARMEN CARRILLO ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descrita, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron Copia fotostática simple de las Cédulas de Identidad de la solicitante y de los testigos, Cédula Catastral, Plano de levantamiento topográfico, emanados de la Dirección de Catastro; Municipio Santa Rosalía Estado Portuguesa, Constancia de Residencia, expedida por el Concejo Comunal del Barrio “La MANGA”, del Municipio Santa Rosalía, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre el Terreno ejido del Municipio Santa Rosalía, Estado Portuguesa. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez Suplente Especial,

Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
La Secretaria,


Abg. GLORIA S. BURGOS E.


Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
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Solicitud Nº 13.915-2011
TGO/GSBE/oma