REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 10 de noviembre de 2011
201° y 152

DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por la ciudadano: TOMAS TEMISTOCLE MIRABAL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. V-7.544.991, domiciliado en la avenida 1 con avenida Andrés Bello, Barrio 19 de Marzo, de la Jurisdicción del Municipio Santa Rosalía del Estado Portuguesa, asistido por el Abogado en ejercicio ANDREINA MELENDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.871.311 inscrita en el Inpreabogado Nº 140.720. En dicho escrito solicita, se le declare, titulo suficiente para asegurarle el derecho de propiedad sobre las mejoras y bienhechurías (casa), todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del código de procedimiento civil vigente.- De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: ROGER RAMON OSAL y PEDRO RAFAEL GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 13.228.860 y V-9.566.673 respectivamente.-

Consta que la solicitante: Ha construido una casa con su dinero de su propio peculio personal desde hace varios años, en una parcela de terreno perteneciente a ejidos Municipales, que mide QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (585 Mts2), como consta de Plano de levantamiento Topográfico anexo, ubicado en la avenida 1 con Andrés Bello, Barrio 19 de marzo, de la Jurisdicción del Municipio Santa Rosalía, dicha casa posee de la siguiente características: Paredes de Bloques de cemento, Piso de Cemento Pulido, Techo de acerolit, Tres (3) cuartos, Un (1) Baño, una (1) cocina, Una (1) sala, Un (1) porche en frente, con todos los servicios eléctricos y sanitarios, comprendidos en los siguientes linderos: NORTE: ISMENIA VARGAS, SUR: IGLESIA LUZ DEL MUNDO, ESTE: CANAL DESAGUE, OESTE: AVENIDA 1 BARRIO 19 DE MARZO, donde han invertido la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (BS.100.000,).-




Por cuanto no ha habido oposición este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano TOMAS TEMISTOCLE MIRABAL ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descrita, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de los solicitantes y de los testigos, Cédula Catastral, Plano de levantamiento topográfico, emanados de la Dirección de Catastro; Municipio Santa Rosalía Estado Portuguesa, para que el solicitante se provean del respectivo Título Supletorio sobre el Terreno ejido del Municipio Santa Rosalía, Estado Portuguesa. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez Suplente Especial,

Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
La Secretaria,


Abg. GLORIA S. BURGOS E.


Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
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Solicitud Nº 13.936-2011
TGO/GSBE/oma