REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 29 de noviembre de 2011
201º y 152°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por MARTIN JOSE PENSA NANNY y GERARDO MARTIN, venezolanos, mayores de edad, soltero y casado el segundo, Productores Agrícolas, civilmente hábiles, de este domicilio y titulares de la cédula de Identidad números V-8.660.380, V-4.199.763, en nombre, en representación y en su carácter de Presidente y Director de la Empresa PRODUCTORES AGRICOLAS INDEPENDIENTES, C.A. (P.A.I.C.A), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha: 16 de Mayo de 1.996, bajo el Nº:36, Tomo 21-A, modificados sus Estatutos según resolución en Acta de Asamblea celebrada en fecha 06 de Diciembre del 2.010 por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, bajo el Nº:16, Tomo 37-A. El Abogado MARTÍN JOSE PENSA NANNY, venezolano, soltero, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad número V-8.660.380 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 43.884, actuando en su propia representación y a su vez asistiendo en esta acto al ciudadano GERARDO MARTIN, arriba identificado, solicitan que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: MIGUEL DANIEL RANGEL, venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.073.340, domiciliado en Baraure 1, Vereda 1, Casa Nº 14, Araure, Municipio Araure - Estado Portuguesa y ELIZABETH DONELLO, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la cédula de Identidad N° V-13.703.243, domiciliada en la Carretera “U”, Parcela 172, Municipio Turén - Estado Portuguesa. Consta que la Empresa PRODUCTORES AGRICOLAS INDEPENDIENTES, C.A. (P.A.I.C.A), construyo unas mejoras y bienhechurías, de la cual es propietaria, edificadas sobre un Lote de Terreno Propio, constante de una superficie total de: CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA
Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS (137.273,42 Mts.2); Ubicada en el Asentamiento Campesino Unidad Agrícola de Turén, margen este de la carretera “B” vía que conduce a la población de La Colonia Agrícola de Turén a 300 Mts., del extremo Sur de Villa Bruzual, Jurisdicción del Municipio Turén, del Estado Portuguesa, determinado dentro de los siguientes Linderos Generales: NORTE: Partiendo de un punto identificado con las siglas L-1 de Coordenadas N: 1.029.292,23 mts., y E: 486.815,21 mts., se prosigue en orientación Sur-Este hasta localizar una distancia de 606,92 mts. el Punto L-2, de Coordenadas N: 1.029.265,58 mts. y E: 487.421,55 mts. Este lindero colinda con la Parcela 25. ESTE: Partiendo de un punto identificado con las siglas L-2, de Coordenadas antes descritas se continua con orientación Sur – Este hasta localizar una distancia de 254,94 mts., el punto L-7 de coordenadas N: 1.029.060,86 y E: 487.559,82. mts. Este lindero colinda con el Caño Barba de Tigre (antes Caño Amarillo). SUR: Partiendo de un punto L-7, de coordenadas antes descritas, se continua con orientación Nor - Oeste hasta localizar a una distancia de 762,23 mts., el punto L-8 de coordenadas N: 1.029.094,76 mts., y E: 486.798,34 mts. Este lindero colinda con la Parcela 29. OESTE: Partiendo de un punto identificado con las siglas L-8 de coordenadas antes descritas, se continúa con orientación Nor - Este hasta localizar una distancia de 198,19 mts, el punto L-1, de coordenadas N: 1.029.292,23 mts., y E: 486.815,21 mts. Este lindero colinda con la Carretera “B” de la U.A.T. vía la Colonia – Turén. Según Documento debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Turén del Estado Portuguesa, en fecha 02 de Agosto del 2004, bajo el Nº: 25, folios 1 al 5, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Tercer Trimestre. Y sobre este Lote de Terreno Propio, la Empresa PRODUCTORES AGRICOLAS INDEPENDIENTES, C.A. (PAICA), ya identificada, ha construido en un área de terreno de menor extensión que mide: CIENTO DOS MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS CUADRADOS (102.196,15 mts.2) constante de los siguientes LINDEROS PARTICULARES: NORTE: Partiendo de un punto identificado con las siglas L-9 de Coordenadas N: 1.029.284,43, y E: 486.992,75 se prosigue una orientación Sur-Este hasta localizar una distancia de 429,21 mts., el Punto L-2, de Coordenadas N: 1.029.265,58 y E: 487.421,55. Este lindero colinda con la Parcela 25 de la U.A.T. ESTE: Partiendo de un punto identificado con las siglas L-2, de Coordenadas N: 1.029.265,58 y E: 487.421,55, se continua con dirección Sur-Este hasta localizar una distancia de 254,94 mts. el punto L-7,
de coordenadas N: 1.029.060,86 y E: 487.559,82. Este lindero colinda con el Caño Barba de Tigre (antes Caño Amarillo). SUR: Partiendo de un punto identificado con las siglas L-7, de coordenadas N: 1.029.060,86 y E: 487.559,82, se continua con orientación Noroeste hasta localizar una distancia de 575,39 mts. el punto L-10, de coordenadas N: 1.029.086,45 y E: 486.985. Este lindero colinda con la Parcela 29 de la U.A.T. OESTE: Partiendo de un punto identificado con las siglas L-10 de coordenadas N: 1.029.086,45 y E: 486.985, se continua con una orientación Noreste hasta localizar una distancia de 198,13 mts. el punto L-9, de coordenadas N: 1.029.284,43 y E: 486.992,75. Este lindero colinda con el lote de terreno perteneciente a la misma parcela, esto es parcela Nº 27 de la U.A.T. Sobre este lote de terreno y linderos particulares se encuentran fomentadas las siguientes Mejoras y Bienhechurías: La construcción de una Planta identificada como PLANTA IV “GRITS”; la cual consta de Trece (13) dependencias, identificadas así: _AREA PRELIMPIADORA: Construida en paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido y techo en Termo Panel; y mide: 9,85 m. por 8,05 m2. _AREA DE HIGIENIZACIÓN: Construida en paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido y techo en Termo Panel; y mide: 4,85 m por 4,70 m. _AREA DE PROCESO: Mide 14,85 m. por 34,85 construido con paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido y techo Termo Panel; en este departamento se encuentra el Áreas de Tableros, Molinos, Balanza. _AREA DE SECADO DE HARINAS: Construido en paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido y techo Termo Panel, y mide 19,85 m. por 7,85 m. _TANQUE DESPACHADO DE HARINA: Un Tanque de despachado de harina el cual mide 4 m. por 9 m. construido con paredes y techo de acerolit, piso de cemento rustico, sobre un área con piso rustico sin techo, edificado en un área total el cual mide: 529,48 m2; toda esta área con piso de cemento rustico y sin techo. _SILO DESPACHO DE MAIZ: Construido con paredes y techo de acerolit, piso de cemento rustico, Constante de tres (3) Cubículos que miden: Primer cubículo 3,96 m. por 4 m.; Segundo cubículo 4,08 m. por 4 m. Tercer cubículo: 3,96 m. por 4m. y se encuentra en un área abierta que mide: 12,02 m. por 21,25 m. _LABORATORIO DE CALIDAD: Construido con paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido, techo de termo panel; y mide 9,95, m. por 6,75 m. _DOS ALMACENES DE QUIMICOS: Construidos con paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido, techo termo panel, y cada uno mide 4,85 m. por 6,75 m. _ALMACENAJE DE SACOS, ESTIVAS, HILOS: Mide 9,83 m. por 6,75 m. construido con paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido, techo
termo panel. _ AREA DE ALMACENAJE DE PRODUCTOS: Mide 14,85 m. por 17,5 m. construido con paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido, techo termo panel. _AREA DE DESPACHO: Mide 13,95 m. por 17,5 m. construido en paredes de bloques con friso liso, piso de cemento pulido, techo en Lámina Águila 1. _ PLANTA ELECTRICA: Mide 3,1 m por 5,4 m. construida sobre un terreno el cual mide 23,2 m. por 9,4 m. para un área toral de 218 m2. Que dichas Mejoras y Bienhechurías se encuentran sobre el Lote de Terreno Perteneciente a la Empresa PRODUCTORES AGRICOLAS INDEPENDIENTES, C.A. (PAICA), antes identificada, y que dichas construcciones, tienen las medidas ya antes especificadas, en el Lote de Terreno el cual consta de: CIENTO DOS MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS CUADRADOS (102.196,15 mts.2) área de construcción. Que en la construcción de dichas mejoras y bienhechurías, invirtió nuestra representada la cantidad de: TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs.3.000.000,oo). Que la ha venido poseyendo en forma pública, pacífica, continua, no interrumpida, que su posesión no ha sido equivoca y con ánimo de propietario.
Por cuanto no ha habido oposición este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la EMPRESA PRODUCTORES AGRICOLAS INDEPENDIENTES, C.A. (PAICA), ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presento copia de Documento Registrado por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Tomo 21-A, N° 36, Participación y nota y Acta Constitutiva Estatutaria, copia de Documento Registrado por ante el Registro Inmobiliario de los Municipios Turén y Santa Rosalía del Estado Portuguesa, N° 3, Protocolo Primero, Tomo 4° de fecha 08-12-08, Croquis de Construcción, para que la Empresa antes identificada se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías edificadas dentro del terreno propio referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,
Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
La …
…Secretaria,
Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 13.948-2011
TGO/GSBE/memo
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