REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(Desistimiento)


ASUNTO N° KP02-L-2011-1366

PARTE ACTORA: JUAN LINAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 7.410.770
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: ODALIS A. LANDAETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 143.876
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CENTRAL AZUCARERO RIO TURBIO
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE NAYIB ABRAHAM ANZOLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.343
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Hoy 02 de noviembre del 2011 siendo las 9:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el alguacil CARLOS SABALLO paso anunciar la misma, mediante tres (3) llamados; NO COMPARECIENDO la parte actora ciudadano JUAN LINAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 7.410.770, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Se deja constancia de la presencia del abogado de la parte demandada JOSE NAYIB ABRAHAM ANZOLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.343. Por lo que en este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando DESISTIDO el procedimiento debido a la inasistencia de la parte demandante; consecuencias jurídicas estas previstas en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; indicando que según el parágrafo Primero del mismo artículo, solo se extingue la instancia y que la parte actora, deberá dejar transcurrir los noventa (90) días continuos para volver a proponer la demanda. Es todo. Se termino y Conformes firman

LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


EL DEMANDADO

LA SECRETARIA


ABOG MARGARETH SANCHEZ