PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 4 de noviembre de 2011
201º y 152º


ASUNTO: PP01-V-2011-000385


En el día de hoy, viernes 04 de noviembre de 2.011 siendo la oportunidad fijada por este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, para la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, y llegada la hora de la misma, procede el Alguacil adscrito a este Circuito, ciudadano ANGEL NAVARRO, a realizar el llamamiento de las partes interesadas en la presente demanda con motivo de DIVORCIO CONTENCIOSO, y visto la incomparecencia, de la parte actora ciudadana YUDELIS NEIDALIN OCHOA MENDOZA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 20.543.882 a la celebración de dicha audiencia, dejándose constar asimismo la incomparecencia de la parte demandada, ciudadano EDYSON JAVIER VALECILLO LA CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 20.543.046. En consecuencia, este Tribunal declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, a tenor de lo dispuesto en el capítulo VIII artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su primer aparte, el cual establece que:

“Si la parte demandante no comparece personalmente sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar o a la audiencia de juicio, se considera desistido el procedimiento y termina el proceso mediante sentencia oral que se debe reducir en un acta y publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero el o la demandante no puede volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes.”

Asimismo se acuerda el desglose de los documentos originales que rielan insertos en la presente causa y en su defecto se deja copias simples de los mismos. En tal sentido, se acuerda el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.

La Jueza,


Abg. Pastora Peña Garcías
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Ejecución


La Secretaria Temporal,

Abg. Juleidith Virginia Pacheco de Ramos
PPG/jvpdr/ma alej.-