REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Barquisimeto, 17 de Noviembre de 2011

ASUNTO: KP01-S- 2004-025593

AUTO DE CESACION DE MEDIDA SANCIONATORIA

El día 14 de Julio del 2011, el Tribunal de Control N° 2, de esta Sección Penal adolescentes, dictó medida de Privación de Libertad en contra del joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber el joven sancionado hecho uso del procedimiento de admisión de los hechos fue sancionado con la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de Dos (02) años, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES GRAVES

El cumplimiento de la sanción se le computó desde el 11-04-2008, día en que el tribunal tiene conocimiento de la detención del joven sancionado y por haberse declarado su responsabilidad penal y se le impuso la Sanción de Privación de libertad, por el lapso Dos (02) años, por lo que lleva detenido Tres (03) años Siete (07) meses y quince (15) días hasta el día de hoy venciéndose el día 11 de Abril de 2010.

De allí que habiéndose cumplido el lapso de privación de libertad impuesto al joven IDENTIDAD OMITIDA, se extingue la responsabilidad penal por cumplimiento y de conformidad con el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, procede la cesación de la medida.


DECISION

Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se decreta la CESACIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en el articulo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a favor del joven IDENTIDAD OMITIDA, en virtud del cumplimiento total de la Sanción de Privación de Libertad, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES GRAVES. Líbrese boleta de Libertad Plena, la cual se hará efectiva a partir del día de hoy 17-11-2011. Ofíciese al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental. Notifíquese a Fiscal, Defensa y víctima. Remítase las actuaciones al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Regístrese y publíquese.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN

ABG. GREGORIA SUAREZ ALBUJAS
LA SECRETARIA