REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO

Guanare, 11 de Octubre de 2011
Años 201° y 152°
N° ______
Causa 1M-539-11

Revisada como ha sido la presente causa seguida contra GUERRA FERNÁNDEZ WILMER ALEXIS por los delitos de Secuestro Breve y Resistencia a la Autoridad, previstos y sancionados en el artículo 6 encabezamiento y único aparte en concordancia con el artículo 3 de la Ley contra secuestro y extorsión, la cual se encuentra para la constitución del Tribunal Mixto, el cual hasta la presente fecha no ha podido realizarse y visto el oficio Nº 5571 de fecha 29-09-2011 emanado de la Comandancia General de Policía de este Estado, donde informan a este Tribunal que el ciudadano Wilmer Alexis Guerra Fernández, se evadió de las instalaciones del Hospital Universitario Dr. Miguel Oraá de esta Ciudad, es por lo que esta juzgadora como ordenadora del presente proceso, y en cumplimineto a la sentencia N° 730 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 25/04/2007 que establece “No puede el Estado, a través del ejercicio del ius puniendi, que quede en manos del acusado la intención de que se inicie o celebre el juicio oral y público. El Estado tiene el deber de que el juicio se celebre, sin dilaciones indebidas, por cuanto está ejecutando, con la celebración de juicio, un control social formal y público que debe existir en toda sociedad” debe este Juzgador ordenar entonces la captura del acusado GUERRA FERNÁNDEZ WILMER ALEXIS a los fines de la fijación de la oportunidad para la celebración de los actos preparatorios de debate y la prosecución de los actos correspondientes. Así se decide.

DISPOSITIVA

En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA CAPTURA del ciudadano GUERRA FERNÁNDEZ WILMER ALEXIS, titular de la cédula de identidad N° V-21.159.069, por lo que una vez aprehendido, se pondrá a la orden de éste Tribunal. Líbrese orden de aprehensión. Ofíciese lo conducente. Notifíquese al defensor.

La Juez de Juicio Nº 1


Abg. Narvy del Valle Abreu Moncada

El Secretario


Abg. David Correa