En el asunto Nº PP11-D-2010-000490, seguido al adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY, por la comisión de uno de los Delitos Contra la Propiedad, cometido en perjuicio del ciudadano JIMÉNEZ JOSÉ ÁNGEL, en este fecha se realizó AUTO EJECUTORIO correspondiente a la sanción de REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 624 de la ley que rige la materia, por el lapso SEIS (06) MESES. Notifíquese a las partes conforme a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 537 de la ley que rige la materia. Ofíciese y líbrese lo conducente. ASI SE DECIDE.