REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua 25 de octubre de 2011
Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación
En el procedimiento iniciado por demanda de cobro de bolívares por el procedimiento monitorio, intentada mediante apoderados, por “MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL”, sociedad mercantil domiciliada en Caracas, originalmente inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 3 de abril de 1925, bajo el número 123, cuyos actuales estatutos constan en un solo texto, inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 5 de noviembre de 2007, bajo el número 9, Tomo 175 A Pro, contra “LA PARADA DEL PAN, C.A.”, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, el 21 de enero de 2005, bajo el número 79, Tomo 160 A y contra WAEIL SALHOUB, de nacionalidad siria, mayor de edad, soltero, domiciliado en Acarigua y titular de la cédula de identidad E 83.102.090, se constata que desde el 27 de marzo de 2009 cuando se libró el cartel de intimación a los demandados, ha transcurrido más de un año sin que se haya ejecutado acto alguno de procedimiento, por lo que de conformidad con lo que dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, forzosamente debe declararse la perención de la instancia.
Es con base a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el procedimiento iniciado por demanda de cobro de bolívares intentada por “MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL” ya identificada, contra “LA PARADA DEL PAN, C.A.” y WAEIL SALHOUB también identificados.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González