Visto el convenimiento realizado entre las partes ciudadano: y José Abel Valera Montilla, titulares de las cedulas de identidad Nºs.10.050.844 y 9.406.707, asistidos por los abogados María Eleny Kotzamanis Betancourt y Gabriel Kassen Machado, inscritos en el IPSA bajo el Nº 173.130 y 129.392, respectivamente, el cual cursa al folio setenta y cuatro y vuelto (74vto) del presente expediente, por cuanto tal actuaciones no es contraria a derecho y versa sobre derecho disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil