PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 18 de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: PP01-L-2011-0000000211
PARTE DEMANDANTE: JOSE GRACIANO PRINCIPAL , titular de la cedula de identidad Nª 6.775.838, DE ESTE DOMICILIO,
APODERADOS JUDICIALES DE LA ACCIONANTE : YLDEGAR GAVIDIA ,Inscritos en Inpreabogado bajo el n° 61.200
PARTE DEMANDADA: PROYECTOS CONSTRUCCIONES Y VIALEDADES C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE VILLANUEVA Y JOSE FELIX ZAMBRAMO
MOTIVO: Reclamación de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales .
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
En el día hábil de hoy, 18 de octubre del 2011, siendo las 9:00:a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia a este acto del Ciudadano : JOSE GRACIANO PRINCIPAL : su Apoderado Judicial, YLDEGAR GAVIDIA ,cualidad que se evidencia de autos. Igualmente se deja constancia de los apoderados del accionado JOSE VILLANUEVA Y JOSE FELIX ZAMBRAMO Se le dio inicio a la Audiencia Preliminar, el Juez procedió a impartir las normas que servirán de base a la misma. Se les dio el derecho de palabra a ambas partes quienes expusieron en forma sucinta las pretensiones, alegatos a la defensa y puntos de vista sobre el asunto ventilado. El Juez realizó todas las funciones que como mediador le correspondía obteniendo como resultado que las partes de mutuo acuerdo decidieran realizar una transacción que se regirá por las cláusulas siguientes: La representación de la parte actora solicita en este acto el pago de todos y cada uno de los conceptos reclamados, las partes, con el firme propósito de efectuar un arreglo a través de uno de los medios alternativos de la mediación . En este estado interviene la parte demandada y expone: Ofrezco pagar al trabajador accionante, una bonificacion con la finalidad de resolver la presente causa ya que nada le adeudo al accionante la misma lo Hare en un pago de DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000) el cual se efectuara el dia 25 DE Octubre Del presente año en horas de despacho ante este circuito laboral Ambas partes estamos de acuerdo y reconocemos que nada se debe por conceptos de Honorarios Profesionales generados con ocasión del presente proceso contenido en la presente acta: El demandante reconoce en este acto que nada más tiene que reclamar, por los conceptos especificados en el libelo de demanda, ni por ningún otro, que aún cuando no este incluido en la presente transacción, tal exclusión se debe a que no le correspondía. Igualmente ambas partes están conformes que con la firma de la presente transacción nada se deben por intereses moratorios, indexación, costos y costas del presente proceso. Las partes acuerdan que cualquier cantidad de mas o de menos que haya sido acordada en este acto queda en beneficio de la parte a quien le favorezca ,ciudadano Juez, se sirve decretar la Homologación de la transacción contenida en la presente acta. Acto seguido el ciudadano Juez, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en vista de que la mediación ha sido positiva, producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes, ya que los acuerdos tienden a garantizar una resolución armoniosa de la controversia a que se refiere el proceso, no siendo contraria a derecho, por no contener la misma la renuncia a derechos irrenunciables derivados de la relación de trabajo y por cuanto no vulnera normas de orden público, en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA el presente acuerdo y le da el carácter de cosa juzgada y ordena el cierre y archivo del asunto, una vez conste en el pago total de lo acordado.se hace entrega a las partes las pruebas promovidas en la primera reunion. Es todo, se leyó y conforme,firman.
El Juez
Abg.Rafael I. Gainze M.
El Accionante
Apoderados judiciales del actor
La Secretaria
Abg.Ana Colmenares
Apoderado demandado
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