PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 27 de octubre de 2011
201º y 152º
ASUNTO N°: PP01-J-2011-000915
SOLICITANTE: LIZ DANIELA MORENO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número: V.- 20.543.395.
ABOGADO ASISTENTE: Abogado en ejercicio ALÍ SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.671.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana LIZ DANIELA MORENO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número: V.- 20.543.395, actuando en su nombre y representación de su hermana, la niña xxxxxxxxxxx, de nueve (09) años de edad, asistidas por el Abogado en ejercicio ALÍ SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.671. Con vista de las declaraciones de los testigos, quienes estuvieron acordes con lo expuesto en las mismas, de conformidad con la facultad otorgada a los jueces según lo previsto en los artículos 507 y 508 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a lo pedido y dejando a salvo los derechos a terceros DECLARA, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del articulo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo dispuesto en el artículo 177 parágrafo segundo literal “k” eiusdem, dichas pruebas suficientes para asegurarle a la ciudadana LIZ DANIELA MORENO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número: V.- 20.543.395, y su hermana, la niña xxxxxxxxxxxxx, de nueve (09) años de edad, su condición de HEREDEROS de la causante DORAIMA DEL CARMEN RODRÍGUEZ BASTIDAS, quien era titular de la cédula de identidad N° 9.257.320, y falleció ab-intestato en fecha 04 de septiembre de 2.011, en la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital. Devuélvanse originales con sus resultas. Expídase por Secretaría cuatro (04) juegos de copias certificadas de las presentes actuaciones solicitadas.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Ejecución.
La Secretaria,
Abg. Tania María Rivero Pargas.
PPG/trp/ma alej.-
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