Visto el convenimiento realizado entre las partes, Abg. Lourdes García de Perdomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 105.168 y Gregorio Alfonso Rivas Jiménez, asistido del abogado Maxwell R. Sanguino, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.003, el cual cursa al folio diez (10) del presente expediente