REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 2 de Abril de 2012
AÑOS: 201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2011-003626
ASUNTO : PP11-P-2011-003626
JUEZA DECONTROL: ABG. NORA MARGOT AGÜERO CASTILLO
SECRETARIO: ABG. MARCELO ANTONIO SULBARAN
FISCAL: ABG. NELSON TORO
ACUSADO: EDWAR ALEXANDER LEAL TORREALBA
JUAN CARLOS DELGADO HERNANDEZ
DELITO: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES
VICTIMA: LA SOCIEDAD VENEZOLANA
DEFENSA: ABG. MARIA GABRIELA CARMONA
DECISIÓN: DECRETADA FIRMEZA DE SOBRESEIMIENTO
DESINCORPORACION DEL SISTEMA INTEGRADO DE
INFORMACION POLICIAL (SIIPOL)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 2 de Abril de 2012
AÑOS: 201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2011-003626
ASUNTO : PP11-P-2011-003626
Por cuanto en fecha 15 de Marzo del año 2012, se publicó la SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA DE SOBRESEIMIENTO, dictada en la presente causa seguida a los ciudadanos EDWAR ALEXANDER LEAL TORREALBA, venezolano, natural de Araure Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-17.945.688, soltero, de 27 años de edad, de profesión u oficio indefinida, residenciado en la Urb. Padros del Sol, manzana a casa No 08, sector Venezuela de Araure Estado Portuguesa, y JUAN CARLOS DELGADO HERNANDEZ, venezolano, natural de Araure Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-21 .503.663, soltero, de 20 años de edad, de profesión u oficio indefinido, residenciado en la avenida 24 con calles 07 y 08, casa No 9-81 de Araure Estado Portuguesa, en la cual se instruyó la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 153 de la Ley Orgánica Contra las Drogas, perpetrado en perjuicio de la SOCIEDAD VENEZOLANA, y habiendo transcurrido el lapso legal sin haberse ejercido el Recurso de Apelación correspondiente, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO, dictada en la presente causa seguida a los ciudadanos EDWAR ALEXANDER LEAL TORREALBA y JUAN CARLOS DELGADO HERNANDEZ , todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.
Habiendo adquirido firmeza la Sentencia de Sobreseimiento dictada en la presente causa al no haberse ejercido recurso alguno en contra de la misma, mediante la cual se decretó el Sobreseimiento de la Causa seguida al a los ciudadanos EDWAR ALEXANDER LEAL TORREALBA y JUAN CARLOS DELGADO HERNANDEZ, ya identificados, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, vale decir, que se resolvió la situación jurídica del mencionado ciudadano en la causa PP11-P-2011-003626 (Expediente Fiscal 18F01-0483-11 por lo tanto debe dejarse sin efecto cualquier solicitud o registro que por este motivo presente dicho ciudadano en el Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), en consecuencia, se ordena de Oficio a la Oficina de Asesoría Jurídica Nacional del Departamento de Control de Aprehendidos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Caracas Distrito Capital, se sirva girar instrucciones a fin de que sea desincorporado del Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL) a los ciudadanos EDWAR ALEXANDER LEAL TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº V-1 7.945.688 y JUAN CARLOS DELGADO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-21 .503.663, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, debiéndose dejar sin efecto cualquier solicitud o registro que presente el referido ciudadano por ese motivo, cumpliendo a tal efecto al Procedimiento Interno creado por ese organismo para la tramitación de solicitudes concernientes a la actualización, rectificación o destrucción de los datos contenidos en el Sistema Integrado de Información Policial que pudieran ser erróneos o desactualizados, todo ello en acatamiento a la Sentencia N° 1281, de fecha 26/06/06, dictada por la Sala Constitucional con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHAN. Así se decide.
DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO, dictada en la presente causa seguida a los ciudadanos EDWAR ALEXANDER LEAL TORREALBA y JUAN CARLOS DELGADO HERNANDEZ por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica Contra Las Drogas, perpetrado en perjuicio LA SOCIEDAD VENEZOLANA y de Oficio se ORDENA a la Oficina de Asesoría Jurídica Nacional del Departamento de Control de Aprehendidos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Caracas Distrito Capital, se sirva girar instrucciones a fin de que sea desincorporado del Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL) a los ciudadanos EDWAR ALEXANDER LEAL TORREALBA y JUAN CARLOS DELGADO HERNANDEZ, ya identificado, por cuanto se resolvió la situación jurídica del mencionado ciudadano en la causa penal PP11-P-2011-003626 (Expediente Fiscal 18F01-0483-11, debiéndose dejar sin efecto cualquier solicitud o registro que presente por ese motivo, cumpliendo a tal efecto al Procedimiento Interno creado por ese organismo para la tramitación de solicitudes concernientes a la actualización, rectificación o destrucción de los datos contenidos en el Sistema Integrado de Información Policial que pudieran ser erróneos o desactualizados, todo ello en acatamiento a la Sentencia N° 1281, de fecha 26/06/06, dictada por la Sala Constitucional con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHAN.
Se ordena librar oficio a la Oficina de Asesoría Jurídica Nacional del Departamento de Control de Aprehendidos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Caracas Distrito Capital, anexándosele Copia Certificada de la Sentencia de Sobreseimiento y de la presente decisión.
Regístrese, diarícese, líbrese lo conducente, y déjese copia certificada de la decisión dictada, para su archivo respectivo en el copiador de autos fundados llevados por el Tribunal.
Sellada y firmada en la sede del Juzgado de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en la ciudad de Acarigua, a los 02 días del mes de Abril del año 2012.
LA JUEZA DE CONTROL Nº 03.
ABG. NORA MARGOT AGÜERO CASTILLO.
EL SECRETARIO.
ABG. MARCELO ANTONIO SULBARAN.